Modelo 036
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El Modelo 036 es el documento mediante el cual te das de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). Este trámite es obligatorio para iniciar una actividad profesional o empresarial en España, tanto para autónomos como para sociedades.
En esencia, el Modelo 036 es la herramienta utilizada para comunicar a la AEAT los datos censales de tu negocio, desde la constitución hasta cualquier modificación relevante. También es imprescindible para solicitar la asignación del NIF definitivo.
¿Quién debe presentar el Modelo 036?
El Modelo 036 debe ser presentado por todas aquellas personas físicas o jurídicas que quieran desarrollar una actividad económica en España. Esto incluye:
- Autónomos, que deben oficializar su inicio de actividad.
- Sociedades mercantiles, como Sociedades Limitadas (SL), Sociedades Anónimas (SA) u otras formas jurídicas.
- Entidades sin personalidad jurídica, como comunidades de bienes o herencias yacentes.
Nota: En el caso de los autónomos, se puede optar por el Modelo 037, una versión simplificada del 036, siempre que cumplan ciertos requisitos específicos. Más adelante se detallarán las diferencias.
¿Cuándo debe presentarse el Modelo 036?
El Modelo 036 debe ser presentado en las siguientes situaciones:
- Alta en el censo: Antes de iniciar cualquier actividad económica.
- Modificación de datos censales:
- Cambios en los datos identificativos, como el domicilio fiscal.
- Incorporación o modificación de epígrafes del IAE.
- Cambios en el régimen de IVA o en otras obligaciones fiscales declaradas previamente.
- Baja en el censo: Cuando cesa la actividad económica o empresarial.
- Asignación del NIF definitivo: Para sociedades que han obtenido inicialmente un NIF provisional tras su inscripción en el Registro Mercantil.
Plazos y carácter retroactivo
- Las modificaciones de datos censales deben notificarse a la AEAT en el plazo de un mes desde que se produzca el cambio.
- Es posible presentar el Modelo 036 con carácter retroactivo, aunque esto podría implicar sanciones si no se cumplen los plazos establecidos.
Novedades recientes del Modelo 036
Desde 2023, se han incorporado varias actualizaciones al Modelo 036, entre las que destacan:
- Digitalización del trámite: La presentación del Modelo 036 debe realizarse preferentemente por vía electrónica a través de la Sede Electrónica de la AEAT. Esto es obligatorio para sociedades y entidades jurídicas.
- Nuevas casillas y simplificación: Se han añadido nuevas casillas para especificar el tipo de actividad y la modalidad de prestación de servicios, facilitando el cumplimiento de obligaciones fiscales.
- Revisión del alta de epígrafes del IAE: Se han unificado criterios para declarar actividades económicas en varios epígrafes, eliminando duplicidades.
- Notificaciones electrónicas: Es obligatorio para sociedades y recomendable para autónomos disponer de un sistema de notificaciones electrónicas mediante DEHú.
Diferencias entre el Modelo 036 y el Modelo 037
El Modelo 037 es una versión simplificada del 036, diseñada para autónomos con requisitos fiscales básicos. Puedes utilizar el Modelo 037 si cumples los siguientes criterios:
- Eres persona física (autónomo).
- No estás inscrito en el régimen de IVA simplificado ni en el de recargo de equivalencia.
- No actúas como retenedor de IRPF, salvo para empleados.
Cómo rellenar y presentar el Modelo 036
El Modelo 036 puede ser un trámite complejo, especialmente para quienes no tienen experiencia en fiscalidad. Por eso, es recomendable contar con el apoyo de un experto para garantizar que se cumplan correctamente todas las obligaciones fiscales.
Puedes encontrar instrucciones detalladas y asistencia profesional en la página oficial de la AEAT o a través de nuestros servicios especializados. Si necesitas más información sobre cómo gestionar el Modelo 036 o adaptarte a las nuevas normativas, no dudes en contactar con nosotros.